Diagnóstico precoz del VIH– El pasado 30 de diciembre, el BOE publicó el Real Decreto 1083/2017. Se trata de una normativa que se modifica el Real Decreto 1662/2000, de 29 de septiembre, sobre productos sanitarios para diagnóstico «in vitro». Y gracias a este cambio, se regula la venta al público de productos sanitarios de autodiagnóstico para la detección del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) en las farmacias.
Este nuevo Real Decreto se implementará en las farmacias gracias a un convenio suscrito por Elena Andradas, directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y Jesús Aguilar, presidente del Consejo General de Farmacéuticos. Y con él se cumple uno de los objetivos que se había marcado el Plan Estratégico de Prevención y Control del VIH y otras infecciones de transmisión sexual 2013-2016.
¿En qué afecta el Real Decreto al diagnóstico precoz del VIH?
Hasta ahora, la legislación española sobre productos sanitarios para diagnóstico in-vitro obligaba a las farmacias a proceder a la venta de estos productos solo si el paciente disponía de prescripción médica. Por lo tanto, para obtener un diagnóstico sobre el VIH, la visita al médico era un requisito indispensable. Y aunque es cierto que diversas asociaciones y grupos de pacientes ofrecían estas pruebas como un servicio a la comunidad, lo hacían fuera del marco legal.
Gracias al nuevo Real Decreto 1083/2017, se facilita el acceso de la población a estos productos para el autodiagnóstico en la farmacia. Y, como afirma Jesús Aguilar “se aprovecha la amplia cobertura y profesionalidad de la red de farmacias para promover la detección precoz del VIH”. Es decir, que se podrá comprar en farmacias, donde también se dispone de profesionales con perfil técnico, capaces de ofrecer consejo farmacéutico a las personas que quieran hacerse la prueba.
Al margen del interés para el sector farmacéutico, esta nueva normativa tiene un impacto positivo en el conjunto de la población. Por un lado, porque permite reducir significativamente las visitas a centros de atención primaria para pedir las pruebas del VIH. Lo cual representa un ahorro directo para las arcas de la Seguridad Social.
Y por el otro, una mejora directa para los enfermos y los grupos de riesgo de contagio. A día de hoy, existe en España un número elevado de personas que están infectadas por el VIH y lo desconocen. Si tenemos en cuenta dos factores, una mayor probabilidad de contagio y una tasa elevada de diagnóstico tardío, se puede llegar a la conclusión que el modelo previo a la aprobación del Real Decreto 1083/2017 inducía a:
- Mayor índice de morbimortalidad
- Disminución de respuesta al tratamiento
El diagnóstico precoz del VIH: un nuevo servicio de la farmacia para la comunidad
Desde GTF, valoramos muy positivamente la iniciativa. Creemos que aporta un beneficio para el conjunto de la sociedad, ya que permitirá una mayor facilidad de acceso a los dispositivos para el autodiagnóstico. Y en unos años, si esta iniciativa legal ha funcionado, se traducirá en un reducción de la tasa de contagio del VIH y un descenso del diagnóstico tardío. ¡Y todo ello, sin renunciar al consejo de un profesional sanitario –en este caso, el farmacéutico-, para hacerse la prueba!
¿Necesita más información sobre cómo le afecta este nuevo Real Decreto? ¿Quiere comercializar un nuevo dispositivo para el autodiagnóstico del VIH y no sabe por dónde empezar? ¿Desea contar con el consejo de un experto en regulatory affairs para el Marcado CE de Productos Sanitarios? Consulte el Gabinete Técnico Farmacéutico M. Camps. Nuestra propuesta: ¡soluciones!